Sobre el nuevo concepto de servicio público en Europa

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.33324/udalawreview.v1i1.625

Palabras clave:

Servicios públicos, Unión Europea, Dugüit, Interés General, privatización

Resumen

Los servicios públicos, en un inicio, mantenían una concepción intrínsecamente estatal. Es por eso, que los postulados de grandes pensadores como Dugüit y la Escuela de Burdeos que atribuían únicamente al Estado la posibilidad de prestarlos o de disponer de ellos a su voluntad para alcanzar los fines sociales del mismo. Sin embargo, este concepto implicó varias irregularidades y no pudo mantenerse consistente debido a falencias presentes en su naturaleza conceptual y la contraposición ante una realidad globalizada, plagada de intereses económicos, políticos, geográficos, etc. Ante esto, muchos países han buscado una solución para poder prestar servicios públicos de una manera sustentable y, a la vez, alcanzar todos los fines sociales sin perjudicar a los ciudadanos ni dejarlos a merced del sector privado. Entre todos los Estados, ya sea de manera individual o colectiva las soluciones no parecían dar resultado, hasta que la Unión Europea logró consolidar una concepción revolucionaria bajo los conceptos de interés general y el desplazamiento del Estado hacia un papel distinto al que se había concebido en un inicio para él en lo que respecta a la temática. Este trabajo busca describir brevemente y de manera palmaria, las instituciones
jurídicas que la Unión Europea ha implementado, debido a su nueva concepción de servicio público y las consecuencias respecto al papel del Estado, del sector privado y de conceptos como el interés general en una organización supranacional que se fundamenta en los principios de su Tratado Constitutivo, los cuales desintegran el carácter nacional de los servicios públicos por completo y de manera novedosa.

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Publicado

2018-05-01 — Actualizado el 2018-05-01

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Cómo citar

Jaramillo, Francisco. 2018. «Sobre El Nuevo Concepto De Servicio Público En Europa». UDA Law Review 1 (1):27-33. https://doi.org/10.33324/udalawreview.v1i1.625.